Ayuda
 Imprimir
¿Puedo usar contenido de terceros en mis materiales?

En cumplimiento de lo dispuesto en el art. 73.11 del Real Decreto-ley 24/2021, de 2 de noviembre, los usuarios de Wuolah pueden beneficiarse de los límites a los derechos de propiedad intelectual reconocidos en el Real Decreto Legislativo 1/1996, de 12 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Propiedad Intelectual (art. 31 y ss.). 

Derecho de cita: Se pueden incorporar fragmentos de materiales protegidos de otras personas en un material propio siempre que se cumplan los requisitos siguientes:

  • Debe reproducirse un fragmento de una obra ajena (caso de obras escritas, sonoras o audiovisuales) o bien obras aisladas en su integridad (caso de las obras plásticas o fotográficas). Las obras deben haber sido divulgadas (por ejemplo, porque han sido publicadas)
  • La cita debe ser fiel a la obra original. Es decir, no se puede modificar
  • Los fragmentos han de ser pertinentes y en la medida necesaria de acuerdo con la finalidad de cita, análisis, comentario o juicio crítico
  • Finalidad última docente o de investigación
  • Debe indicarse la autoría y la fuente
  • El fragmento (o imagen) reproducido ha de incorporarse a un material propio: por lo tanto, el documento debe consistir en material de propia creación al cual se insertará una imagen o varias para ilustrar lo expuesto, o para analizarlo o comentarlo. No sería “derecho de cita” un documento consistente únicamente en un fragmento de una imagen ajena
  • No se admiten las recopilaciones de fragmentos o imágenes. Es decir, no se podría amparar en el “derecho de cita”, por ejemplo, un documento compuesto íntegramente de reproducciones de imágenes de terceros sin estar integradas en creaciones propias


Un “derecho de cita” bien aplicado implica que la parte sustancial del documento es la propia, no la parte citada; ha de tener más entidad la aportación propia que el fragmento reproducido. Se permite citar cualquier tipo de obra (textual, audiovisual, sonora, imágenes, etc)

• Obras situadas en la vía pública: las obras que se encuentren permanentemente en la vía pública (por ejemplo, un museo de escultura al aire libre, un parque, una calle, una plaza u otras vías públicas) pueden ser reproducidas, distribuidas y comunicadas públicamente mediante pinturas, dibujos, fotografías y otros procedimientos audiovisuales

Por ejemplo, un estudiante de arquitectura podría subir a Wuolah un boceto de un edificio sin autorización del arquitecto autor del mismo


Parodia: Se puede transformar cualquier obra sin autorización para parodiarla, si bien no debe existir confusión con la obra original y no se puede causar un daño a la obra original o a su autor

• Pastiche: Se puede transformar cualquier obra divulgada sin autorización tomando elementos de la misma y combinarlos con otros elementos para dar lugar a una creación independiente. En este caso, tampoco puede existir confusión con la obra original y no se puede causar un daño a la obra original o a su autor. El mejor ejemplo de un pastiche es un meme

Por último, recuerda que cualquier uso de una obra de un tercero en aplicación de los siguientes límites no puede causar un perjuicio no justificado al autor ni afectar a la explotación normal de dicha obra.


¿Fue útil esto?